El Ejido aprueba la Ordenanza de Invernaderos

El Ejido aprueba la Ordenanza de Invernaderos

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El Ejido aprueba la Ordenanza de Invernaderos
El Ejido aprueba la Ordenanza de Invernaderos

Ayer 26 de abril, El Ejido aprobó la Orndenza de Invernaderos y su Entorno con el fin de ofrecer una imagen sostenible y de competitividad del sector. En esta ordenanza se establece la obligatoriedad de dotar a las fincas de sistemas de recogida de pluviales, así como la implantación de infraestructuras ecológicas.

El Pleno del Ayuntamiento de El Ejido dio ayer luz verde, por unanimidad, a la aprobación de la Ordenanza Municipal de Ordenación de Invernaderos y su  Entorno para propiciar así una imagen mucho más acorde al competitivo sector con el que se cuenta. Es por ello que este importante documento se ha adaptado a la normativa vigente y es que, en él, se normalizan aspectos tan importantes para la sostenibilidad del campo como son: la gestión de los restos vegetales, la disciplina en torno a este tipo de suelo, las medidas cautelares de paralización de construcción de invernaderos o los sistemas de recogida de pluviales.

El alcalde de El Ejido, Francisco Góngora, califica esta Ordenanza como “pionera y ambiciosa en la provincia de Almería, que hemos conseguido impulsar tras años de trabajo y, que de forma consensuada con el sector, responde a la inquietud de ese equipo de gobierno de ofrecer la mejor imagen de nuestro campo y de su principal pilar económico. Un documento que vendrá a regular el entorno agrario en general y la protección del suelo de interés agrícola en particular”.

En la elaboración de esta Ordenanza se ha contado con la aportación de todo el sector, para lo que se ha expuesto y debatido en varias ocasiones en el Consejo Municipal Agrario y, además, se han mantenido reuniones con organizaciones agrarias, empresas de instalación de invernaderos, de movimientos de tierras y construcción de embalses, así como con la Estación Experimental de las Palmerillas de la Fundación Cajamar.

Por su parte, el concejal de Agricultura, Manuel Gómez, ha explicado que con esta Ordenanza “se plasma en un documento el entorno agrario que queremos tener para nuestro municipio, teniendo en cuenta la vinculación entre el futuro de la agricultura y el control biológico”. A su juicio “la Ordenanza tiene que ser un ejemplo de compromiso con el futuro con la implantación de medidas adaptadas a nuestras necesidades reales”.

Como aspectos más significativos, esta Ordenanza establece la exigencia de disponer en el exterior de las explotaciones agrícolas las conocidas como infraestructuras verdes o setos verdes, en una superficie de un 1% del total de la explotación, que computa dentro del 15% de espacios libres, y que se puede ubicar bien en el perímetro o en una zona concreta, con plantas autóctonas fácilmente adaptables a nuestro clima. Quedando exentos de esta obligación aquellos invernaderos de superficie inferior a la necesaria para obtener una UTA (Unidad de Trabajo Agrario, correspondiente a 1.920 h/año), variable según los cultivos, pero que se establece entorno a 7.500 m2.

La finalidad es que las plantaciones de especies vegetales autóctonas (Romero, Tomillo, Hinojo o Esparto, entre otras), que no sean reservorio de virosis hortícolas, ofrezcan una floración escalonada capaz de ofrecer recursos alimenticios y refugio a la fauna auxiliar beneficiosa durante todo el año. Las experiencias científicas y ensayos técnicos llevados a cabo demuestran la relación existente entre la presencia de vegetación autóctona en el exterior de los invernaderos y la eficiencia del control biológico.

Por ello, Francisco Góngora ha incidido en el hecho de que “fomentamos la lucha biológica, hacemos nuestra agricultura más sostenible y competitiva al ir en la línea de los objetivos que marca Europa y las propias exigencias de los mercados internacionales”.

El documento, por otra parte, regula y detalla las características que deben de tener los sistemas de recogida de pluviales de las explotaciones agrarias para mitigar y solucionar los problemas de impermeabilidad e inundaciones que sufre el municipio al establecer la obligatoriedad de dotar a las fincas de sistemas de recogida que absorban un volumen de agua de 35 l/m2.

Otro aspecto significativo, establece la obligación de justificar la gestión de los residuos domésticos generados en la propia explotación agrícola, la calificación ambiental de emplazamientos para alimentación ganadera y la declaración responsable para la autogestión de compost en la propia finca. De igual modo, en materia de higiene rural contempla el desarrollo de ejecuciones subsidiarias en parcelas en mal estado.

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