
El pasado 2 de noviembre, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía dictó la primera Sentencia sobre la llama “agencialización” de la Administración de la Junta de Andalucía en desarrollo de la Ley 1/2011, de 17 de febrero, de Reordenación del Sector Público de Andalucía, en el Recurso nº 414/2011, seguido por el procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales, interpuesto por la Asociación “Al Andalus” de Empleados Públicos de la Junta de Andalucía y “Defiendo mi Derecho y la Gestión Pública”, contra el Decreto 103/2011, de 19 de abril, por el que aprueban los Estatutos de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales (AAIC), cuya Disposición Adicional Segunda disponía la integración (automática) del personal del Instituto Andaluz de las Artes y las Letras en la AAIC, por considerarlo contrario a los Derechos Fundamentales garantizados en los artículo 14 (igualdad) y 23.2 (derecho de los ciudadanos a acceder en igualdad a las funciones y cargos públicos con los requisitos que señalen las Leyes) de la Constitución.