El TSJ da la razón a los Ingenieros Industriales para presentarse a...

El TSJ da la razón a los Ingenieros Industriales para presentarse a oposiciones

SHARE

180614 COGITIAL-Decano Francisco Lores_optEl Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Almería (COGITIAL) ha mostrado su satisfacción ante un nuevo triunfo judicial que viene a corregir las discriminaciones que en muchas ocasiones vienen padeciendo por parte de las Administraciones. El Tribunal Superior de Justicia falla a favor del Consejo General de la Ingeniería Técnica Industrial de España (COGITI), y permite a los Graduados en Ingeniería de la rama industrial acceder al cuerpo de Ingenieros Industriales de la Escala de Oficiales del Ministerio de Defensa, ya sea Tierra, Mar o Aire.

El presidente de COGITIAL, Francisco Lores, manifiesta su satisfacción por la nueva sentencia que “recoge nuevamente los derechos que nos asisten a los Graduados, y pide que el resto de Administraciones, estatal, autonómicas y locales apliquen la legislación y la jurisprudencia al respecto”. Además, lamenta que desde algunas Administraciones se siga poniendo freno a la evolución de las titulaciones por cuestiones meramente corporativas, que dificultan la verdadera evolución de las Ingenierías en España.

Por otro lado, se muestra totalmente satisfecho porque la sentencia no solo recoge los fundamentos de la sentencia del Tribunal Supremo de 9 de marzo de 2016, sino que además hace especial énfasis en desterrar el anterior sistema basado únicamente en el número de años de carrera académica, y sin embargo potencia la carrera profesional, basado en el desarrollo profesional y la experiencia, en consonancia con el modelo que el Colegio está llevando a cabo desde hace mucho tiempo.

La sentencia del TSJM defiende, por lo tanto, la misma tesis que la establecida por el TS, en 2016, donde quedaba en evidencia el que se requiera una titulación específica para ocupar un determinado puesto de trabajo en la Administración Pública, dado que se requieren otras capacidades y competencias que son objeto de la oposición, y quedaba completamente claro que la titulación de Graduados/a es la única que se puede exigir para optar al Grupo A (A1 o A2) de la Función Pública, siempre y cuando no hay una Ley que exija otra titulación diferente, para lo que deberá hacer una justificación de la misma.

Hasta la fecha, las diferentes Administraciones, en la mayoría de los casos, estaban optando por continuar con las denominaciones y titulaciones anteriores a Bolonia para la definición de la oferta de empleo público, con lo que se estaba marginando a los nuevos titulados de Grado de las Universidades, a los que se les impedía por sistema optar al Grupo A1 de la Función Pública, en contra de lo que indica de forma clara y concisa el art. 76 del Estatuto Básico del Empleado Público.

Por otra parte, en referencia a las Administraciones, en noviembre de 2016, la Junta de Castilla y León tuvo que subsanar el error cometido con los Graduados en Ingeniería de la rama industrial, a los que excluyó en la convocatoria de una oposición al Cuerpo de “Ingenieros Superiores Industriales”. Varios Graduados en Ingeniería de la rama industrial formalizaron su inscripción en este proceso selectivo, y fueron excluidos de la lista provisional por el motivo 07, que identifica la carencia de titulación adecuada. Al ser conscientes de la discriminación injustificada de la que estaban siendo objeto, fueron respaldados y asesorados por los Colegios profesionales donde ambos están colegiados, y siguiendo las tesis jurídicas defendidas por el COGITI, presentaron las alegaciones pertinentes a la Administración competente.

Otro ejemplo reciente lo encontramos en el Ayuntamiento de Madrid, que  sumándose a otras Administraciones que ya lo han hecho, y acogiéndose a la legislación vigente y a la referida Sentencia del Tribunal Supremo, ha admitido a los Graduados para presentarse a las plazas de Ingeniero Superior Industrial. También  han seguido estos pasos la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias; los ayuntamientos de Burgos, Vigo o Salt, el Consell Comarcal de Osona.

Algunas de estas Administraciones han rectificado tras los requerimientos presentados por los Colegios de Graduados en Ingeniería de la rama industrial e Ingenieros Técnicos Industriales.

1 COMMENT

  1. Entonces, si un ingeniero tecnico industrial o grado en la rama de ingenieria industrial se puede presentar a una oposicion de ingeniero industrial, como es que no es posible hacerlo al contrario?
    NO es que no se actualicen los titulos en las oposiciones, que en algunos casos nolos actualizan, es que la titulacion de Ingeniero Industrial si que sigue existiendo y para eso tienes que hacer el master despues del grado, por lo que un ingeniero tecnico industrial o un grado no deberian poder presentarse a las oposiciones de ingeniero industrial sin el master correspondiente.

Deja un comentario