Aprobados los decretos de la Ley Andaluza de Universidades

Aprobados los decretos de la Ley Andaluza de Universidades

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El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy los decretos legislativos de los textos refundidos de la Ley Andaluza de Universidades y de la Ley de Creación de la Universidad Internacional de Andalucía (UNIA). Estas normas regularizan, unifican y armonizan las distintas modificaciones y adaptaciones que se han ido incorporando a ambas leyes, en vigor desde 2003 y 1994, respectivamente. Los nuevos textos refundidos no introducen novedades normativas y básicamente se limitan a articular los contenidos originales vigentes con los de la Ley 12/2011 que modificaba la legislación autonómica en materia de universidades.

En líneas generales, esta norma incorporaba diversas adaptaciones a los nuevos escenarios del Espacio Europeo de Educación Superior y del Espacio Europeo de Investigación, además de reforzar el papel de las universidades en el impulso a un nuevo modelo de economía sostenible.

Entre otros cambios, en 2011 se adecuaron las tipologías de profesorado para facilitar la enseñanza práctica-clínica en el campo de la salud a través de la vinculación de plazas asistenciales de instituciones sanitarias con puestos docentes. De igual modo, se abrió la posibilidad de que las universidades participen en la creación de empresas de base tecnológica, parques científicos y tecnológicos y otras entidades del ámbito de la innovación. Además, se incluyeron medidas para potenciar la formación sobre creación y gestión inicial de negocios y apoyar, en las fases iniciales, a las empresas surgidas de la aplicación de conocimientos universitarios.

Otras modificaciones se dirigieron a la conformación de un sistema integrado de gestión de la calidad; la promoción e integración de las enseñanzas virtuales; la potenciación del Sistema de Información Universitaria, y el reforzamiento del papel de los Consejos Sociales de las Universidades como elementos de interrelación con la sociedad.

Los decretos legislativos aprobados hoy se acogen al artículo 109 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, que establece la posibilidad de que el Parlamento delegue en el Consejo de Gobierno la potestad de dictar normas con rango de ley para la refundición de textos articulados.

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