Aprobada definitivamente la ordenaza que regula la circulación de peatones y ciclistas

Aprobada definitivamente la ordenaza que regula la circulación de peatones y ciclistas

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El Pleno de Almería ha aprobado de forma definitiva y por unanimidad la Ordenanza General de Circulación de Peatones y Ciclistas, que pretende la regulación de determinados aspectos de la ordenación del tráfico de peatones y ciclistas en las vías urbanas del término municipal de Almería y la concreción para el municipio de lo establecido en la normativa vigente en materia de tráfico, circulación de bicicletas y seguridad vial.

La propuesta de acuerdo, ratificada hoy, desestima la única alegación presentada a esta Ordenanza y viene a culminar una tramitación presidida “por la participación de diferentes sectores y colectivos ciudadanos que vienen trabajando en favor de la movilidad, y de un amplio consenso al que se han sumado todos los grupos de la corporación municipal”, ha defendido la responsable del Área de Movilidad Urbana, Rafaela Abad, quien además se ha comprometido “a llevar a cabo campañas informativas para una mayor divulgación del contenido de esta ordenanza”.

El Ayuntamiento de Almería pretende, de esta manera, regular la relación que en todas las ciudades se viene produciendo entre vehículos, peatones y ciclistas y que sigue, además, las consideraciones marcadas por el Plan de Movilidad Urbana Sostenible de la ciudad de Almería (PMUS) que aborda, de manera integral, importantes aspectos relacionados con la movilidad ciudadana, y en particular, los desplazamientos de viandantes y ciclistas.

Derechos y obligaciones

La Ordenanza se ha dividido en seis títulos, una disposición derogatoria, dos disposiciones finales y dos anexos, uno a modo de glosario, en el que se define la terminología específica empleada en esta norma, y un segundo anexo, de carácter gráfico, que muestra las diferentes tipologías de señales tanto de carácter horizontal, fundamentalmente marcas viales sobre pavimentos de calzadas y aceras, como vertical.

El texto normativo recoge los aspectos referidos tanto a peatones como a la circulación de bicicletas, definiendo derechos y obligaciones, así como el régimen sancionador determinado por las infracciones que pudieran cometerse, calificadas como leves, graves y muy graves. Además de la clara delimitación que se realiza de los itinerarios ciclistas así como de su utilización, en bicicleta, sillas y triciclos de personas con movilidad reducida, patines, monopatines o similares, los elementos obligatorios de las bicicletas y ciclistas en su circulación, la Ordenanza incluye la creación de un registro de bicicletas, de inscripción voluntaria con la finalidad de evitar los robos o extravíos de las mismas o identificar a sus responsables en el caso de proceder a la inmovilización o retirada de la bicicleta de la vía pública.

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